Según los conocimientos, competencia y posición de que gozan, los fieles tienen el derecho e incluso a veces el deber de manifestar a los Pastores su opinión sobre cuestiones que pertenecen al bien de la Iglesia, y también tienen derecho a hacer conocer su opinión a los demás fieles cristianos , con el debido respeto a la integridad de la fe y la moral y a la reverencia hacia sus pastores, y con la consideración por el bien común y la dignidad de las personas. [CIC, Codex Iuris Canonicus (1983), Can. 212, § 3.]